Mi madre que es ciudadana y metió una solicitud para legalizarme en el 2000. En esa fecha todos mis hijos eran menores de edad, ya me llegó la fecha de preferencia y envié todos los documentos que me solicitaron, sin incluir a mi hijo de 22 años que es soltero y a mi hija de 25 años que es casada. ¿Cree que a ellos les favorece la ley CSPA, todavía tengo la oportunidad de incluirlos?

Básicamente, la ley que otorga protección a la menor usa el 'colchón de tiempo' que usó para la aprobación de la I130, entonces, eso dependerá de cuánto tiempo debía de haber esperado para la aprobación de tal petición. Luego, tiene que haber actuado dentro de su primer año cuando la fecha fue vigente. Este caso necesita de la consulta de un abogado para determinar lo anterior.

Soy residente legal en Estados Unidos desde hace 10 años, me casé en septiembre del 2006. Mi esposo entró a este país con visa de turista hace tres años, actualmente trabaja sin documentos y tengo un poco de temor. Somos salvadoreños. ¿Podría sacarle un permiso de trabajo y arreglarle los papeles? ¿Qué pasos me recomienda y cuánto tiempo tardaría Inmigración en darle un permiso para salir del país?

Mi recomendación es que solicite la ciudadanía y cuando sea ciudadana pida a su esposo que entró con visa de turista. La ley dice que si entró con inspección en alguno de los puertos de entrada puede hacer el ajuste de estado, sin importar si se pasó el límite de su visa. Es importante que averigüe con un abogado de Inmigración porque la ley migratoria va a cambiar mucho entre hoy y el 2010.

Se me perdió la tarjeta de residencia, ¿cómo puedo hacer para salir de emergencia?

Si tiene copia o la referencia del número de su caso que comienza con la letra A, debe sacar una cita con los oficiales de Inmigración con su pasaporte vigente y dar una explicación sobre su salida de emergencia. Ellos podrían extenderle un sello en su pasaporte. Por lo general no les gusta hacerlo porque habría dos documentos y quieren evitar el fraude.

Arreglé papeles por la 245i e incluí a mi esposa y mis hijos en la petición. ¿Ellos también estarían cubiertos por la 245i?

Ellos han debido estar en el país el 21 de diciembre del 2000. La ley dice que para calificar bajo la 245i, que es la protección legal que da el derecho de recibir la residencia en Estados Unidos pagando una multa, debe constar que se encontraba en Estados Unidos el 21 de diciembre del 2000. Tiene que prepararse porque si no estuvieron aquí va a tener problemas.

Soy residente legal, me casé en el 2007, ese mismo año pedí a mi esposo, él entró con visa de turista. Quiero saber si cuando tenga la cita va a tener problemas y debe salir del país.

Recomiendo que la gente no salga del país porque hay un castigo de 10 años si una persona violó los términos de su visa y se quedó en estado de indocumentado por un año o más. Debe hacerse ciudadano y bajo la consulta de un abogado completar los documentos.

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Meredith Brown abogada especialista en leyes migratorias, responde inquietudes de

los lectores de HOY sobre su situación migratoria y las posibilidades que pueden tener para regularizarse o regularizar

a un familiar.

Recomendación

Expertos en leyes de inmigración explican que cada caso es distinto y, por lo tanto, cada cual debe ser tratado diferente. Se recomienda consultar a un abogado en leyes migratorias. Deje su pregunta en el 213. 237.4582 o envíela a pdiaz@hoyllc.com.